martes, abril 21

El Tribunal Superior Electoral declaró inadmisible un amparo electoral presentado contra la Junta Central Electoral por Miguel Alberto Valoy Ramírez, al considerarlo notoriamente improcedente.

La decisión del TSE se apoyó en el artículo 70 numeral 3 de la Ley 137-11 y en el artículo 132 numeral 3 del reglamento electoral.

El tribunal determinó que la acción de amparo pretendía exigir el cumplimiento o ejecución de una decisión judicial previamente establecida por las autoridades competentes.

Los jueces del TSE ordenaron notificar la sentencia a las partes involucradas mediante la Secretaría General y publicarla en el portal oficial del tribunal.

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