Madrid. El Tribunal Supremo condenó este lunes al exministro de Transportes de España, José Luis Ábalos, a 24 años y tres meses de prisión por delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias, en el marco del conocido ‘caso Koldo’, relacionado con el amaño de contratos de mascarillas durante la pandemia de la covid‑19. Aunque la pena total supera las dos décadas, el tribunal fijó un máximo de cumplimiento de 16 años y medio.
El Supremo confirma una trama criminal en la compra de mascarillas
La sentencia, emitida por unanimidad, concluye que Ábalos lideró una estructura que aprovechó su cargo para beneficiar a terceros mediante contratos públicos inflados y comisiones ilegales. El fallo también condena a su exasesor Koldo García a 19 años y ocho meses de prisión, con un máximo de 15 años de cumplimiento, y al empresario Víctor de Aldama a cuatro años y medio, aunque este último evitará la cárcel si cumple una serie de requisitos impuestos por el tribunal.
Una investigación marcada por testimonios y pruebas económicas
El juicio, que se extendió por 14 sesiones, incluyó declaraciones de más de 70 testigos, entre funcionarios, empresarios y agentes de la Guardia Civil. La Fiscalía Anticorrupción sostuvo que la red operó como una “organización criminal” que buscaba obtener beneficios económicos aprovechando la urgencia sanitaria y la posición institucional del entonces ministro.
Ábalos denuncia “presunción de culpabilidad”
Durante su última intervención ante el tribunal, Ábalos afirmó que nunca se le respetó la presunción de inocencia y que fue víctima de un proceso “inquisitorial”. El exministro insistió en que las acusaciones se basan en interpretaciones y no en pruebas directas, aunque el Supremo consideró acreditado el esquema de corrupción.
Reacciones políticas y próximos pasos
La sentencia ha generado un fuerte impacto en el panorama político español. Desde el Partido Socialista, diversas voces han pedido asumir responsabilidades y reforzar los mecanismos de control en la contratación pública. El Supremo convocó a las partes para comunicar el fallo de manera presencial y por videoconferencia, dado que Ábalos y García permanecen en prisión provisional desde noviembre de 2025.
