lunes, junio 22

El Tribunal Constitucional elimina trabas legales a la libertad de expresión

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana ha eliminado diversas restricciones legales que afectaban directamente la libre expresión del pensamiento en la nación dominicana.

Las altas decisiones judiciales han reducido significativamente la aplicación de severas sanciones penales contra las opiniones emitidas por los ciudadanos de nuestro país actual.

El organismo judicial amplió con determinación la protección legal debida al debate abierto sobre importantes asuntos de marcado interés público para la población general.

Las normativas anuladas por los jueces imponían castigos muy excesivos

Muchas de las normas invalidadas por los jueces constitucionales resultaron aprobadas previamente por el Congreso Nacional en diversas leyes de carácter electoral del país.

El tribunal concluyó que esas normativas vigentes imponían castigos excesivos y desalentaban la participación activa de toda la ciudadanía en los temas nacionales actuales.

La importante sentencia número cero cero setenta y cinco del año dos mil dieciséis examinó detalladamente las disposiciones de la Ley de Expresión nacional.

Eliminan responsabilidad penal de los directores por publicaciones de terceros

La alta corte eliminó la responsabilidad penal que recaía directamente sobre los directores de medios por las publicaciones de terceras personas ajenas al diario.

Este fallo histórico marcó un verdadero giro jurídico en la forma en que los magistrados dominicanos abordan los complejos conflictos de prensa del país.

La línea garantista fue ampliada posteriormente mediante la recordada sentencia número cero cero noventa y dos del año dos mil diecinueve oficial del Estado.

La amenaza de cárcel generaba autocensura en los procesos políticos

En aquella oportunidad el Tribunal Constitucional de la República anuló una polémica disposición de la Ley de Partidos Políticos del sistema democrático de nuestro país.

La norma anulada castigaba con penas de prisión a quienes difundieran mensajes considerados negativos contra los candidatos en las redes sociales del entorno local.

Los magistrados entendieron con mucha claridad que la amenaza de cárcel generaba autocensura limitando el control efectivo sobre toda la función pública del Estado.

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