jueves, agosto 13

De acuerdo al órgano electoral, la firma encuestadora publicó el sondeo llamado «Encuesta de Opinión Pública Nacional» el pasado jueves seis de agosto.

La Junta Central Electoral notificó mediante acto de alguacil al Centro Económico del Cibao por la publicación no autorizada de un sondeo de opinión.

Por lo tanto, la entidad electoral señaló que la difusión de la encuesta viola el reglamento al presentarse fuera de los plazos de precampaña.

Sin duda, la acusación mantiene un carácter estrictamente provisional mientras se concede a la firma encuestadora un plazo formal para presentar sus alegatos.

En consecuencia, el pleno institucional evaluará el informe final para determinar si corresponde aplicar la suspensión o la cancelación del registro de la empresa.

Procedimiento administrativo y plazos legales

  • Por consiguiente, la empresa encuestadora dispondrá de diez días calendario para depositar sus argumentos de defensa y pruebas probatorias ante la secretaría general.
  • Asimismo, la Unidad de Sanciones Administrativas Electorales elaborará el dictamen correspondiente tras revisar la documentación presentada por la parte imputada.
  • Es decir, la normativa busca regular la difusión de estudios de opinión con fines electorales para evitar interferencias fuera de los períodos oficiales.
  • Además, el reglamento en cuestión ha generado debates jurídicos y recursos de reconsideración incoados por diversos sectores ante las instancias judiciales competentes.

Regulación electoral y garantías procesales

Obviamente, velar por el cumplimiento del marco legal y garantizar el debido proceso resulta totalmente indispensable para asegurar la equidad en el sistema electoral.

Por lo tanto, los organismos correspondientes mantendrán el seguimiento de este expediente hasta que el pleno emita una decisión definitiva sobre el caso.

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