INTRANT implementará restricciones al transporte de carga durante Navidad y Año Nuevo
El INTRANT informó que aplicará medidas especiales para regular los vehículos de carga durante los feriados de Navidad 2025 y Año Nuevo 2026.
Las restricciones estarán vigentes del 23 al 26 de diciembre de 2025 y del 30 de diciembre de 2025 al 2 de enero de 2026,.
Estas medidas incluyen los permisos de la Zona de Acceso Restringido y se sustentan en la Resolución Administrativa 011-2025 emitida por el INTRANT.
El INTRANT explicó que otorgará permisos especiales, de forma condicionada, para garantizar el abastecimiento de productos prioritarios durante las festividades navideñas y de Año Nuevo.
Entre los productos autorizados están combustibles, agua, alimentos, juguetes, medicamentos, equipos médicos, desechos hospitalarios, transporte de valores y otros insumos considerados esenciales.
Las empresas que requieran permisos deben estar registradas como Operadores de Transporte de Carga en la plataforma digital del INTRANT.
La institución aclaró que no se otorgarán permisos a camiones con doble cola, remolques dobles, cargas sobredimensionadas.
Están exentos vehículos esenciales como camionetas, furgonetas, ambulancias, unidades de emergencia y camiones de agua en cisterna autorizados para trabajar.
También quedan exentos equipos de mantenimiento eléctrico, telefonía, cable, vías públicas, unidades de asistencia vial y vehículos destinados a la higiene urbana.
El INTRANT recordó que estas medidas buscan proteger vidas y evitar incidentes viales.
El incumplimiento será sancionado con un salario mínimo del sector público descentralizado, de acuerdo con la Ley 63-17 y el Reglamento 258-20.
Los permisos pueden solicitarse en www.intrant.gob.do, donde también se realiza el pago en línea y se descarga la autorización con código QR oficial.
El director del INTRANT, Milton Morrison, afirmó que el compromiso principal es proteger vidas y reducir riesgos viales para garantizar celebraciones seguras durante las festividades.
Finalmente, el INTRANT recordó que, fuera del período restringido, los vehículos de carga deben respetar límites de 70 km/h.

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