La Junta Central Electoral (JCE) emitió una nueva disposición que prohíbe la publicación y difusión de encuestas electorales fuera del período legal de precampaña y campaña, con el objetivo de evitar actos de promoción política anticipada. La medida introduce restricciones adicionales que no estaban contempladas explícitamente en la Ley 20-23 de Régimen Electoral.
La JCE endurece controles sobre encuestas electorales
El Pleno de la JCE advirtió que las firmas encuestadoras que violen esta disposición podrán enfrentar suspensión temporal o cancelación definitiva de su registro, lo que limita su capacidad de operar en procesos electorales futuros.
La institución argumentó que la publicación de encuestas fuera del calendario oficial puede convertirse en una forma de promoción electoral anticipada, generando ventajas indebidas para actores políticos que aparezcan en los sondeos.
Qué establece la Ley 20-23 sobre encuestas
Publicación permitida hasta ocho días antes de las elecciones
La Ley 20-23 permite la difusión de encuestas hasta ocho días antes de la votación, siempre que cumplan estándares técnicos aceptados. Sin embargo, la nueva resolución de la JCE agrega una limitación adicional: solo podrán publicarse dentro del período de precampaña y campaña, no antes.
Nuevo límite: primer domingo de julio del año previo a las elecciones
Con la nueva normativa, la publicación de encuestas queda restringida hasta el primer domingo de julio del año anterior a las elecciones, lo que significa que no podrán difundirse antes del 4 de julio de 2027.
Reglas para el registro de firmas encuestadoras
Un reglamento complementario establece que solo las empresas debidamente registradas ante la JCE podrán realizar y publicar encuestas con fines electorales. Para obtener la habilitación, deben presentar estatutos, nómina de accionistas, directivos, filiales y currículos técnicos.
La Dirección Nacional de Elecciones tendrá 15 días laborables para verificar los requisitos y elevar una recomendación al Pleno, que dispondrá de un plazo igual para emitir la constancia de habilitación.
Encuestas internas y sondeos de salida
Trabajos internos sí, publicación no
Los partidos podrán contratar encuestadoras para trabajos internos fuera del período permitido, pero no podrán publicar los resultados.
Regulación de encuestas de boca de urna
Las firmas que realicen sondeos de salida (exit polls) deberán notificarlo a la JCE con al menos ocho días de anticipación. Los resultados deberán entregarse en sobres cerrados dentro de las tres horas posteriores al cierre de votaciones, y solo podrán publicarse cuatro horas después de ese plazo.
Impacto en el proceso electoral dominicano
La medida busca fortalecer la equidad entre aspirantes y evitar que encuestas tempranas influyan en la percepción pública antes del inicio formal de la contienda. La JCE sostiene que la regulación garantiza un proceso más ordenado, transparente y respetuoso de los plazos electorales establecidos.
