martes, agosto 18

El Tribunal Superior Administrativo (TSA) rescindió los contratos de concesión minera otorgados a Falconbridge Dominicana (Falcondo) sobre el yacimiento Quisqueya I.

Por lo tanto, la Segunda Sala del tribunal acogió la demanda interpuesta por el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper) tras constatarse la inactividad total de la mina desde noviembre de 2023.

Sin duda, la falta de informes técnicos y financieros durante los años 2023, 2024 y 2025 constituyó una violación grave a las obligaciones estipuladas por la legislación minera nacional.

En consecuencia, el fallo judicial recupera para el Estado dominicano más de veintidós mil hectáreas de terreno distribuidas entre las provincias de La Vega y Monseñor Nouel.

Detalles del fallo judicial y causas de la rescisión

ComponenteEspecificación de la Sentencia
SentenciaNúm. 0030-03-2026-SSEN-00332 (12 de agosto de 2026)
Área RecuperadaConcesión Quisqueya I (22,392 hectáreas entre La Vega y Monseñor Nouel)
Contratos CanceladosSuscritos originalmente en 1956 y 1969 (casi 70 años de vigencia)
Faltas PrincipalesParo de operaciones desde el 17/11/2023 y omisión de informes 2023-2025
  • Por consiguiente, la falta de explotación efectiva de los yacimientos afectó directamente el interés general y el aprovechamiento de los recursos mineros.
  • Asimismo, la empresa incumplió compromisos económicos y laborales con el personal, agravando su situación operativa y contractual.
  • Es decir, la certificación emitida por la Dirección General de Minería fue determinante para fundamentar la caducidad formal del contrato.
  • Además, los terrenos y recursos retornan a la administración pública para definir el futuro uso del yacimiento o su eventual licitación.

Soberanía y fiscalización de recursos mineros

Obviamente, fiscalizar el cumplimiento de los contratos estatales resulta totalmente indispensable para garantizar el aprovechamiento responsable de los recursos de la nación.

Por lo tanto, el Estado dominicano asumirá la custodia de la zona concesionada a la espera de que la sentencia adquiera la condición de cosa juzgada.

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