Tribunal Constitucional prohíbe uso de apodos en procesos penales, reitera su presidente
El presidente del Tribunal Constitucional, Napoleón Estévez Lavandier, llamó la atención sobre persistencia en identificar expedientes penales con motes, práctica prohibida mediante sentencia TC/0225/25.
La decisión del TC, considerada relevante en derechos fundamentales, estableció que fuera del manejo interno no se permite identificar procesos penales con sobrenombres.
El tribunal entiende que esta práctica vulnera derechos como dignidad humana, honor, buen nombre, propia imagen, integridad personal y presunción de inocencia de procesados.
Estévez Lavandier advirtió resistencia al cumplimiento de la disposición y reiteró que uso de motes no es necesario para litigación penal en República Dominicana.
Recordó que expedientes judiciales se identifican objetivamente mediante números, sin discriminación, garantizando transparencia y respeto a principios constitucionales en procesos penales dominicanos.
También exhortó a actores del proceso penal y medios de comunicación a evitar esta práctica contraria a valores constitucionales y principios del debido proceso.
Las declaraciones fueron ofrecidas durante discurso de rendición de cuentas del año 2025, en audiencia solemne por décimo cuarto aniversario del Tribunal Constitucional.

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