martes, julio 7

DIDA advierte que clínicas privadas no pueden suspender servicios a los afiliados de las ARS

La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados advirtió que las clínicas privadas no pueden suspender la atención médica a los ciudadanos.

La entidad estatal enfatizó con firmeza que el acceso a los servicios de salud constituye un derecho fundamental totalmente protegido por las leyes nacionales.

Conflicto entre prestadores y aseguradoras de salud

La advertencia surge luego de que la Asociación Nacional de Clínicas Privadas informara que evalúa suspender los servicios a los afiliados de las ARS.

El director de la DIDA, Elías Báez, explicó que la prestación de salud no depende jamás de la voluntad de los centros médicos privados.

Base Legal: El funcionario recordó que la Ley 87-01 y la Ley General de Salud 42-01 obligan a ofrecer una atención médica continua y oportuna.

Los pacientes no deben ser afectados por disputas comerciales

Báez reconoció el derecho de las clínicas a reclamar ante las ARS, pero enfatizó que estas diferencias comerciales nunca deben perjudicar a los pacientes.

El conflicto tradicional entre ambos sectores incluye desacuerdos históricos sobre las tarifas aplicadas, los tiempos de pago y la actualización de honorarios médicos.

DIDA reforzará la vigilancia en todos los centros de salud

La institución informó que mantendrá un monitoreo permanente en todo el país para verificar que la atención médica continúe ofreciéndose con total normalidad.

Finalmente, la DIDA exhortó a los usuarios del sistema a presentar sus denuncias formalmente a través de los canales oficiales ante cualquier irregularidad detectada.

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