El Ministerio de Trabajo recordó que este sábado 20 de diciembre vence el plazo legal para pagar el doble sueldo o salario trece.
Las empresas que incumplan el pago del salario de Navidad incurrirán en violación al Código de Trabajo y podrán enfrentar sanciones administrativas correspondientes.
El doble sueldo corresponde a todos los trabajadores que hayan prestado servicios, aunque no laboraran el año completo o terminaran contrato antes.
El salario de Navidad equivale a la duodécima parte del salario ordinario devengado durante el año calendario, calculado proporcionalmente según tiempo trabajado.
Para el cálculo del doble sueldo se excluyen horas extras, beneficios empresariales y otros ingresos no considerados salario ordinario por ley.
El Código de Trabajo establece que el salario de Navidad no se computa para preaviso, cesantía ni participación en beneficios empresariales.
La regalía pascual está exenta del Impuesto sobre la Renta hasta el límite legal establecido por el Código Tributario dominicano.
Además, el doble sueldo no puede ser embargado, cedido ni vendido, garantizando protección económica al trabajador durante la temporada navideña.
